CUIDADO PERSONAL Y RELACIÓN DIRECTA Y REGULAR

Cuidado personal o lo que se conocía como tuición, es el conjunto de deberes y derechos que corresponde a ciertas personas señaladas en la ley o por el juez, respecto al cuidado personal, crianza y educación de los hijos.

Esta materia se encuentra regulada en el Código Civil en el Título IX, del Libro I: De los derechos y obligaciones entre los padres y los hijos, básicamente en los artículos 224, 225, 226.
El cuidado personal compartido es un régimen de vida que procura estimular la corresponsabilidad de ambos padres que viven separados, en la crianza y educación de los hijos comunes, mediante un sistema de residencia que asegure su adecuada estabilidad y continuidad.
Este servicio Juicio-Divorcio lo ofrece para aquellos padres o madres que han perdido el cuidado personal de sus hijos y que por alguna razón desean recuperarlo. Asimismo, para aquellos padres que desean compartir el cuidado respecto a su hijo.

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